La Cámara de Casación Penal confirmó la condena impuesta a Raúl Taleb
La Cámara de Casación de Paraná resolvió rechazar el Recurso de Casación interpuesto por la defensa del ex diputado y ex embajador Raúl Taleb y confirmó la sentencia que lo declaró autor del delito de «enriquecimiento ilícito de funcionario público»
El Tribunal de Casación integrado por los doctores Hugo Daniel Perotti (Presidente), Elisa Zilli y Alejandro Gripo notificaron la resolución a las partes este jueves a las 9.
En el marco del expediente «Taleb, Raúl Abraham – Enriquecimiento ilícito de funcionario público s/ recurso de casación (legajo 544/16)», la Cámara de Casación de Paraná dio a conocer la Sentencia Nº 360, en la que resolvió «rechazar el Recurso de Casación interpuesto» por los doctores Julio Federik y Luis Stello, y en consecuencia confirmar la sentencia dictada por la Sala Primera de la Cámara Primera en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, integrada por los doctores Elvio Osir Garzón, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Julián Malatesta, que lo condenó a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, inhabilitación absoluta perpetua, multa de 442.567 pesos y reglas de conducta durante el tiempo que dure la condena.
El fallo destaca que «la sentencia puesta en crisis se presenta fundada en derecho y exhaustivamente motivada, brindando las razones en las que se asienta para arribar a la solución condenatoria que disconforma al recurrente, no presentando atisbo alguno de arbitrariedad, exhibiendo de manera lógica y racional sus premisas, derivando correctamente sus conclusiones, erigiéndose como un constructo argumental suficientemente sólido…».
«El desempeño de cargos públicos implica un compromiso personal, de llevarlos a cabo con el propósito de servir a la comunidad y no de utilizar los mismos para lucrar en provecho propio. En otras palabras servir a la ciudadanía y no servirse de ella», sostuvo el Tribunal, citando jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
Fuente: Diamante Noticias