Monge opinó sobre la reforma política

El diputado provincial, Jorge Monge (Cambiemos), sostuvo hoy que «la reforma electoral en Entre Ríos, mal llamada política, contiene una clara delegación de facultades constitucionales del poder Legislativo hacia el Ejecutivo, tropezando con el artículo 45 de la Constitución, que fulmina con nulidad toda delegación de facultades» al opinar en sobre el proyecto impulsado en ese sentido por el Poder Ejecutivo.

Monge sostuvo que se debe hablar «de los partidos políticos, de la financiación de las campañas, del proceso de selección de candidatos y de la emisión del voto y su posterior control. Es todo un proceso y acá el proyecto está rengo sobre el artículo 29 de la Constitución provincial», dijo en relación al proyecto de ley ingresado en el Senado a través de declaraciones al programa Cinco Esquinas de FM Costa Paraná, el ex constituyente, autor del proyecto sobre el que se aprobó el artículo 29 de la Constitución entrerriana.

Puntualizó luego que el proyecto consta de algunos artículos «que son palmariamente inconstitucionales, como el 54 y 55. No dejan lugar a dudas que se está violando el texto constitucional. Nada más ni nada menos que con las fechas de elecciones. La Constitución de 2008 innovó en este aspecto y estableció que es la Legislatura la que debe fijar la fecha, claramente no es una facultad personal del gobernador y acá el artículo 54 dice que el Poder Ejecutivo y en su defecto la Asamblea Legislativa son quienes fijan la fecha del acto electoral», remarcó. Y añadió: «El artículo siguiente, dice que el Ejecutivo fija la fecha y convoca a elecciones y que no va a tener plazos cuando la convocatoria sea mediante adhesión a la simultaneidad con las elecciones nacionales. Estos artículos avanzan en facultades de la zona de reserva exclusiva del Poder Legislativo», consideró el diputado radical.

OTROS PUNTOS. En cuanto a la mención que se realiza de la Asamblea Legislativa, enfatizó: «Lo que no entiendo es por qué está puesto ahí, salvo que lo hayan sacado de una ley de otra provincia. No tiene ningún sentido. La Asamblea Legislativa, que en rigor se la debe llamar Asamblea General, no tiene facultades legislativas a excepción de aprobar o desechar el veto del Ejecutivo sobre una ley, dado que el art. 133 establece que ambas cámaras sólo se reunirán para la apertura de sesiones, la asamblea de juramento de gobernador y vice, declarar la inhabilidad por alguna incapacidad de estos, la elección de un gobernador en caso de acefalía y de tratar los vetos. No me explico cómo aparece esto en el texto».

Acerca del voto electrónico expresó su coincidencia con la ministra de Gobierno, Rosario Romero, al sostener que para que Entre Ríos incorpore este sistema, se requiere de la aprobación de una ley especial»

Posteriormente el diputado Monge cuestionó que no se haya convocado a las demás fuerzas para la elaboración del proyecto. «Esto debió hacerse en una comisión con todos los partidos políticos de la provincia de Entre Ríos. Hay que apostar a fortalecer a los partidos políticos. Pareciera que se quiere privilegiar a candidatos conocidos o famosos por sobre las instituciones que son las que deben respaldar esas candidaturas», remarcó.

El diputado Monge es autor de un proyecto que pena a quienes ingresaron a la Legislatura por una fuerza política y luego se fueron a otra, «tema del que no se habla ni dice el proyecto», enfatizó finalmente