Registro nacional de violadores: 8 puntos clave sobre la norma
El femicidio de Micaela García en Gualeguay aceleró el proceso del gobierno nacional por poner en marcha un registro de violadores. Dentro de las próximas dos semanas será publicada en el Boletín Oficial la reglamentación respecto de la ley 26.879, sancionada en 2013, que crea dicho inventario.
La norma, que en efecto crea el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, será puesta en marcha por una comisión que definirá un cronograma para su implementación. Se elaborará un banco de información genética y se tomarán muestras de ADN. Silvia Irigaray, de la ONG Madres del Dolor, se mostró confiada por la inminente reglamentación del registro: “Dios quiera que así sea, pronto. Porque la cantidad de casos de violaciones va en aumento“.
A continuación los 8 puntos más importante del registro de violadores que pronto será reglamentado.
–Se tomarán muestras de ADN de quienes hayan sido condenados por delitos contra la integridad sexual. La información será almacenada para contrastarla en el caso de que se investigue una posible reincidencia de parte de los agresores
-Estará bajo la órbita de a Subsecretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia de la Nación
-Se conformará una comisión integrada por un miembro del Ministerio de Justicia, otro del Ministerio de Seguridad y uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Podrían ser incluidos referentes de los poderes judiciales y ministerios públicos fiscales
-Establecerán cronogramas para la puesta en marcha y se controlará que los laboratorios de todas las regiones del país cumplan con un estándar para poder custodiar el material genético, que se mantendrá bajo estricta reserva
-Al banco de información genética tendrán acceso todos los fiscales y jueces que investiguen casos de abuso sexual
-El juez o el Tribunal deberá ordenar en un plazo de seis meses la extracción de muestras biológicas para obtener el perfil genético. Respecto de aquellas personas que se encuentren cumpliendo pena privativa de la libertad, el plazo para la obtención del perfil genético del condenado será de dos meses
-Para los delitos futuros, y una vez que la condena esté firme, la justicia deberá disponer en no más de cinco días la extracción de material genético del violador.
-El registro estará constituido por las huellas genéticas asociadas a la evidencia obtenida durante la investigación policial o el proceso penal