Habilitación de actividades religiosas en Libertador San Martín

En el marco de la actual pandemia, y de las disposiciones de distanciamiento social vigentes, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso mediante Decreto Nº 306-20 D.E. la habilitación de las actividades religiosas en grupos de hasta 13 personas, compuestos por 10 fieles, más el ministro religioso (pastor o sacerdote) con 2 asistentes.

Esta norma, que alcanza a las organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, permite la concurrencia a lugares de culto de cercanía, en un rango horario que va desde las 10:00 hasta las 17:00. Los fieles podrán permanecer en el lugar por espacio de una hora. Por otra parte se deberá respetar el debido protocolo sanitario preventivo, con distancia social mínima de 2 metros lineales, uso de barbijo, aplicación de alcohol en gel, y otras medidas, en armonía con el protocolo establecido mediante Decreto Nº 1053 del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.