Se reglamentó la ley de alcoholemia cero en Entre Ríos

El objetivo es reducir la cantidad de siniestros viales en el territorio provincial a causa de los efectos del alcohol. Detalles de la normativa que entró en vigencia.

El Poder Ejecutivo, a través de un decreto, reglamentó este viernes la ley de “alcoholemia cero” para todo el territorio provincial, con el objeto de disminuir el número de siniestros viales relacionados con el consumo de alcohol, quedando prohibido conducir vehículos si se hubiere ingerido.

El “Programa Alcoholemia Cero” prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero y establece que los conductores deben someterse a las pruebas para la detección de posibles intoxicaciones.

La reglamentación detalla tanto las sanciones a aplicar a los infractores, como el procedimiento de actuación e indica que la negativa a someterse a dicho control o la falta de cooperación, constituye una infracción, además de la presunción en contra de quien se niegue.

Las pruebas de detección o verificación alcohólica, serán realizadas mediante dispositivos denominados alcoholímetros, que determinan la cantidad de alcohol en sangre por el método de aire espirado, los cuales deberán estar debidamente verificados y aprobados.

En el caso de que el conductor o infractor no colabore con el procedimiento, se podrá retener preventivamente el vehículo, la licencia, e inhabilitarse a la persona para conducir por un plazo determinado.

Respecto de las sanciones previstas en la reglamentación consisten en multas que van desde 100 a los 2000 UF dependiendo de la gravedad de la infracción.

Fuente: Ahora