Taleb insiste en que no se enriqueció
El ex diputado y senador entrerriano y ex embajador argentino en Cuba, Raúl Taleb, solicitó a la Cámara de Casación que revoque su condena por enriquecimiento ilícito dictada el 18 de abril de 2016 por los jueces Elvio Garzón, Miguel Angel Giorgio y Daniel Malatesta.
En la audiencia de Casación que se llevó a cabo este jueves por la mañana, intervinieron el abogado penalista Julio Federik, en defensa de Taleb; y por el Ministerio Público Fiscal el Procurador Jorge Amilcar García y el fiscal Alejandro Cánepa, quienes pidieron al Tribunal de Casación que confirme la sentencia. Los jueces Hugo Daniel Perotti (presidente), Alejandro Grippo y Elisa Esmeralda Zilli darán a conocer su sentencia el 22 de noviembre.
La acusación de la fiscalía, la cual llevó a Taleb a ser condenado, dice que entre los años 1991 a 2003, durante el cual se desempeñó como diputado provincial “produjo un enriquecimiento patrimonial apreciable que no se condice con los haberes percibidos en el ejercicio de dicho cargo público”, y que “requerido formalmente en fecha 21 de marzo de 2006 a justificar la procedencia de ese incremento patrimonial, lo hizo en forma insuficiente en fecha 15 de junio de 2006, no acreditando el desproporcionado patrimonio”.
En abril de 2016, el Tribunal de Juicio condenó a Taleb a tres años de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos y a devolver en concepto de multa la suma de $442.577. Además, lo obligó a realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público de Diamante por el término de la condena, y dispuso el decomiso de un inmueble de su propiedad, ubicado en calle Buenos Aires N°38, de Paraná.
En su voto, el presidente del Tribunal, Elvio Garzón, concluyó que según las pericias oficiales el monto del incremento patrimonial del ex legislador fue de $ 885.154.
La causa “Raúl Abraham Traleb s/Enriquecimiento ilícito de funcionario público” se inició en el año 2003, a partir de una denuncia del ex diputado nacional radical Rodolfo Parente, diamantino al igual que Taleb.
Planteo de la defensa
Julio Federik, abogado de Taleb, atacó la sentencia condenatoria, y argumentó que el Tribunal incurrió en “un defecto en la ponderación de la prueba” y que hubo una “presunción en contra” de su cliente.
Para el letrado, al momento de valorar la prueba no se respetó el método de “la sana crítica racional”. “Nos agravia que luego del trabajo realizado por los peritos oficiales y de parte, el Tribunal llegue a una conclusión equivocada”, sostuvo.
Federik planteó que el perito de parte Julio Rubén Budasoff llegó a una conclusión en la que no se observa crecimiento patrimonial de su cliente. Afirmó que el análisis contable realizado por Budasoff llega a cifras similares a las informadas por los peritos oficiales, los contadores Nicolás Cozzi (fallecido) y Luis Passadore.
“Está claro que no hay una cifra significativa de diferencia. Hay 15 mil pesos de diferencia que no pudieron ser justificados, en un período de 13 años”, dijo Federik.
Luego cuestionó el sistema contable utilizado para analizar los ingresos y gastos de Taleb, con lo cual se llegó a establecer su crecimiento patrimonial. “Estos sistemas que aplica el criterio contable para establecer el consumo están hechos para la generalidad”, afirmó el letrado.
Sobre el departamento de calle Buenos Aires, Federik sostuvo que el legislador lo compró en 1994 a 19 mil pesos “cuando estaba en construcción” y que fue adquirido con el dinero obtenido tras ganar la quiniela. Según declaró Taleb en su momento, cuando tenía 43 años, en 1994, jugó el número 043 a la quiniela y sacó $40.000 pesos aproximadamente. Federik también pidió que se tenga en cuenta la declaración del quinielero que testimonió “que le pagó a Taleb el mayor premio que dio en Diamante”.
El defensor de Taleb planteó también que el Tribunal se apartó de la pericia de parte la cual concluyó que el ex legislador tenía ahorros suficientes para adquirir los bienes. Otro punto atacado por el abogado del ex legislador fue que para esta sentencia se haya tenido en cuenta la Ley de Ética Pública 25.188, modificada en 1999, que es la más gravosa, “y no la que estaba vigente antes de ese año”.
La fiscalía pidió confirmar condena
El jefe de los fiscales, Amilcar García, y el fiscal Alejandro Cánepa solicitaron que se confirme la condena del Tribunal de Juicio por entender que fue justa y que cumple con los requisitos de la ley. El primero en exponer fue Cánepa, quien advirtió que Federik “no agregó ningún elemento nuevo” y pidió desestimar los planteos de la defensa.
En relación al planteo sobre que los jueces se apartaron del dictamen pericial de parte, el funcionario judicial señaló, citando jurisprudencia, que “los jueces no están obligados a seguir los dictámenes de los peritos”.
En ese sentido, remarcó que en el caso en particular los jueces se apartaron de lo concluido por el perito de parte porque consideraron que existen contradicciones con el resto de la prueba y porque resulta inverosímil lo informado.
“La pericia de Budasoff contradice la prueba y resulta inverosímil. Han existido motivos suficientes para que el Tribunal se aparte del informe de parte. La sentencia se encuentra fundada y es justa”, consideró el fiscal y luego destacó el trabajo realizado por los peritos del Poder Judicial y que fue el que siguieron los jueces para dictar la sentencia condenatoria.
Para ilustrar al Tribunal de Casación sobre el patrimonio de Taleb, el fiscal recordó lo que había planteado hace más de un año durante el juicio: en el período investigado el ex legislador realizó inversiones de importancia a pesar de que sus cuentas terminan con saldo negativo. Es decir, no le alcanzaba el dinero.
Por su parte, el jefe de los fiscales, Jorge Amílcar García, fue enfático al considerar que la sentencia condenatoria es “plenamente justa”. Luego realizó una larga digresión en relación a los hechos de corrupción que involucran a funcionarios públicos, entre los que mencionó funcionarios del Gobierno nacional, y recordó el caso de Domingo Daniel Rossi, condenado por el mismo delito que Taleb; o el del ex senador Mario Yedro condenado también por enriquecimiento ilícito, y hoy en la cárcel.
Tras citar doctrina y jurisprudencia, García analizó que en el caso de Taleb no le asiste razón a la defensa al considerar que se debe aplicar la Ley más benigna –en cuanto a la Ley de Ética Pública- ya que “la acción (de enriquecimiento) fue permanente, se consumó en el tiempo”.
“Si persiste en el delito no puede ampararse en una ley anterior”, concluyó.
Tras la exposición de las partes, el juez Hugo Perotti anunció que la sentencia se dará a conocer el próximo 22 de noviembre.
Entonces, se sabrá si la condena de prisión condicional, el decomiso y la multa de casi medio millón se mantienen firmes, o si se lo deja libre de culpa y cargo.
Fuente: Entre Ríos Ahora.